Campañas de limpieza y residuos del Ayuntamiento de Madrid Ayuntamiento Madrid

RESUELVE TUS DUDAS

El espacio disponible puede reorganizarse, por ejemplo, utilizando cubos con división interna para varias fracciones, plegando adecuadamente cartones y papeles o usando el mismo recipiente para almacenar el papel-cartón (debajo, bien doblado) y el vidrio (encima, dentro de una bolsa) y separándolos al llegar a los contenedores.

En el caso de las comunidades que dispongan de porteros, conserjes o personal de limpieza o recogida de residuos, se recomienda establecer un procedimiento para facilitarles la diferenciación de las bolsas de las distintas fracciones.

Por ejemplo, usar una bolsa de distinto color para cada tipo de fracción: amarilla para los envases, marrón o negro para los residuos orgánicos, y cualquier otro color (azul, verde, morado, etc.) para el resto de residuos. O establecer, junto con el resto de residentes, un código de marcas en las bolsas, por ejemplo: una “X” para la bolsa de resto, una “O” para la de orgánica y una “E” para la de envases.

En todo caso, por el peso de la bolsa —si la separación se hace correctamente— se puede identificar su contenido, ya que la de orgánica es más pesada que la de resto.

Recomendaciones para porteros, conserjes y personal de limpieza o recogida de residuos de las comunidades:

  • Asegúrate de que las bolsas de residuos están bien cerradas antes de depositarlas en los correspondientes contenedores de comunidad.
  • Saca a la calle los contenedores de comunidad en los horarios establecidos: 1 hora antes del paso del camión (si es recogida diurna) o después de las 22:00 h (si es recogida nocturna).
  • Establece semanalmente qué días sacar cada tipo de residuo:
    1. Todos los días, los residuos orgánicos (para evitar malos olores), aprovechando que la recogida es diaria.
    2. Plásticos, metales y briks, todos los días de la semana, ya que la recogida de los cubos de comunidades es diaria.
    3. La fracción “resto no reciclable” se recoge de lunes a sábados; los domingos por la noche y algunos festivos no se recoge, recuérdalo a la hora de planificar cuándo lo sacar, pero no te preocupes porque, al no contener residuos biodegradables y haber reducido su volumen con la separación de la fracción orgánica, se puede sacar con menor frecuencia y no se producen malos olores.

Las frecuencias de recogida de residuos en las zonas de cubos de dos ruedas son las siguientes:

Recogida de PLÁSTICOS, METALES Y BRIKS (amarillo): TODOS LOS DÍAS, incluso domingos y festivos
Recogida de ORGÁNICA (marrón): TODOS LOS DÍAS, incluso domingos y festivos
Recogida de RESTO (naranja): de lunes a sábado, excepto domingos y determinados festivos.

Consulta la web madrid.es/reciclaje, cualquier cambio de frecuencia será indicado en la misma.
CARTEL FRECUENCIAS DE RECOGIDA

Sí, todos los residuos de plástico y metal, incluidos los envases de estos materiales y los briks deben depositarse en el contenedor amarillo en una bolsa cerrada, para evitar que caigan a la vía pública en el momento de la recogida.

Recomendación: reduce el volumen de estas bolsas aplastando los briks, botellas y envases que contengan; así se ahorra espacio en los cubos en casa y, posteriormente, en los contenedores.

Las tapas, tapones y chapas de las botellas o tarros de vidrio debes separarlos y depositarlos en el contenedor correspondiente: si son metálicos, en el contenedor amarillo (plásticos, metales y briks), y si son de plástico, puedes depositarlos en el contenedor amarillo (plásticos, metales y briks), en los puntos limpios o donarlos.

Si las tapas o tapones son de envases de plástico o briks, puedes depositarlos en los puntos limpios o donarlos, pero si los tiras junto con sus envases, lo ideal es aplastar primero las botellas o los briks, y después enroscarles el tapón para facilitar su recuperación en las plantas de tratamiento.
Recuerda que los objetos de cristal como vasos o copas, el cristal plano de ventanas o cuadros y los espejos, no se depositan en el contenedor verde: debes depositarlos en el contenedor naranja (resto no reciclable) si son pequeños, o llevarlos a un punto limpio si son muy grandes. Por seguridad, nunca los dejes fuera del contenedor.
Los tarros, frascos, botes… que son de vidrio, sí debes depositarlos en el contenedor verde. Con estos pequeños gestos facilitamos el reciclaje del vidrio, un material 100 % reciclable que tiene infinitas vidas.
Los tapones de corcho, en el contenedor naranja (resto). + info en ¿SE INCLUYEN COMO RESIDUOS ORGÁNICOS LOS TAPONES DE CORCHO, LAS CERILLAS Y EL SERRÍN?

Uno de los errores más comunes en este contenedor es el depósito de elementos que son de cristal y no vidrio como: bombillas, espejos, cristales planos, ceniceros, vasos y vajillas.

Un pequeño truco es que todos aquellos objetos que tienen “Tapa, tapita o tapón” como botellas, frascos o tarros, son vidrio y deben depositarse en el contenedor verde.

El servicio de recogida puerta a puerta de vidrio comercial es obligatorio sólo en determinadas zonas de la ciudad en las que, por su alta concentración de establecimientos hosteleros que generan grandes cantidades de este tipo de residuo, existe este servicio especial.

El uso de este servicio es OBLIGATORIO para los comercios que se encuentran en dichas zonas, no pudiendo hacer uso de los contenedores de vía pública para depositar los envases de vidrio.

El incumplimiento de esta norma es sancionable según la Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular (art.50.2).

Los comercios que no disponen de este servicio deben hacer uso de los contenedores instalados en la vía pública para la recogida de envases de vidrio, respetando los horarios de aportación indicados en la ordenanza o entregar el residuo a agentes gestores privados debidamente autorizados por la Comunidad de Madrid.

Para más información acerca de zonas de recogida y horarios del servicio consulta el siguiente enlace.

El servicio de recogida puerta a puerta de cartón comercial no se presta en toda la ciudad, sólo en determinadas zonas de la ciudad en las que, por su alta concentración de establecimientos comerciales que generan grandes cantidades de este tipo de residuo, existe este servicio especial.

El uso de este servicio es OBLIGATORIO para los comercios que se encuentran en dichas zonas, no pudiendo hacer uso de los contenedores de vía pública para depositar los cartones comerciales.
El incumplimiento de esta norma es sancionable según la Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular (artículo 50.2).

Los comercios que no disponen de este servicio deben hacer uso de los contenedores de aportación instalados en la vía pública de forma permanente para la recogida de papel-cartón, o bien entregar el cartón a agentes gestores privados debidamente autorizados.

Para más información acerca de zonas de recogida y horarios del servicio consulta el siguiente enlace.

Es posible que, si tienes dudas sobre un residuo, lo correcto sea llevarlo a tu punto limpio más cercano. Estas instalaciones reciben ropa y calzado, radiografías, aerosoles, pilas alcalinas y salinas y baterías de móvil, cartuchos de tinta y tóneres, aceite mineral o sintético de motor, baterías de automóvil, aceite vegetal de cocina, envases contaminados, pinturas y disolventes, CD, DVD y cintas de vídeo, aparatos eléctricos y electrónicos, fluorescentes y bombillas de bajo consumo, escombros, poda, envases, medicamentos, maderas, muebles, estanterías, somieres, colchones, lavavajillas, cocinas y lavadoras, frigoríficos y aparatos de aire acondicionado, metales, papel y cartón, vidrio y termómetros. Antes de llevarlos, consulta las cantidades de residuos que pueden depositarse en cada tipo de punto limpio (fijo, móvil o de proximidad).

El Ayuntamiento de Madrid ha editado unas guías didácticas para facilitar la separación de residuos.

También puedes resolver tus dudas llamando al teléfono gratuito 010, a través del correo electrónico comunica.limpiezaresiduos@madrid.es o consultando la web municipal.

No. Hay que depositarlos en el contenedor naranja (resto no reciclable). Aunque son biodegradables, los excrementos (de animales o humanos) no se pueden mezclar con los residuos orgánicos porque pueden contener microorganismos que pueden permanecer en estos materiales a pesar del proceso de compostaje. Así evitamos riesgos sanitarios.

Las arenas para gatos tampoco se pueden mezclar con el residuo orgánico porque están hechas de materiales inorgánicos.

El papel que se utiliza en el mercado para envolver el pescado o la carne tiene una cara encerada y debe depositarse en el contenedor naranja (resto no reciclable).

El papel de horno tiene un tratamiento químico (un baño de ácido sulfúrico, que le confiere impermeabilidad) y tampoco se debe depositar en el contenedor de residuos orgánicos (marrón), sino en el de resto no reciclable (naranja).

Aunque los excrementos y la celulosa que contienen los pañales sucios son orgánicos, los demás componentes no lo son. Al estar mezclados con el absorbente y material plástico, son muy difíciles de separar y, por lo tanto, de reciclar. Por eso se considera que los pañales no son un residuo aprovechable para el reciclaje y se deben tirar en el contenedor naranja (resto). Lo mismo se aplica a las compresas y tampones, además de otros motivos de salud pública.

Por otra parte, dichas cuestiones de salud pública aconsejan no reciclar o recuperar los excrementos humanos y de animales domésticos junto al resto de residuos orgánicos, ya que se trata de restos que pueden tener microorganismos perjudiciales.

Es interesante recordar la existencia de alternativas a los pañales y compresas desechables para reducir la generación de residuos cuyo destino es el vertedero.

Aunque los tapones de corcho, las cerillas y el serrín suelen ser de materiales orgánicos, cada vez se usan más productos sintéticos en su fabricación, como plásticos, ceras… El serrín en muchas ocasiones se emplea como producto absorbente en la limpieza de suelos de establecimientos comerciales y hosteleros, lo que lo asemeja al polvo de barrer, que, además, se puede encontrar mezclado con otros residuos o productos de limpieza.

Por lo tanto, con el fin de no reducir la calidad del residuo orgánico separado en los contenedores de tapa marrón, es recomendable que este tipo de residuos (tapones de corcho, cerillas y serrín) se depositen en el contenedor naranja (resto no reciclable), con mayor motivo si existen dudas sobre su composición real. Recuerda que siempre, ante la duda sobre el material que compone un residuo, es mejor tirarlo al contenedor naranja (resto no reciclable) para no estropear las fracciones reciclables o reutilizables.

Lo importante es depositar los residuos orgánicos dentro de una bolsa, para evitar malos olores y suciedad en el contenedor.

Según la normativa actual, no es obligatorio usar bolsas biodegradables o incluso compostables, pero sí recomendable. Al ser más transpirables, evitan que se acumulen los líquidos que contienen los restos orgánicos (lixiviados), haciendo más cómodo su traslado.

No se recomienda utilizar bolsas de papel: los lixiviados reducen la capacidad portante de las bolsas y pueden provocar su rotura.

Son pequeños restos de jardinería los ramos de flores, el césped cortado, hojas muertas y restos de hojarasca, pequeños tallos de plantas ornamentales, etc., siempre que sean de pequeño tamaño y se produzcan en pequeñas cantidades. Se excluyen, por lo tanto, ramas y troncos leñosos, que hay que llevar a un punto limpio.

La implantación de la recogida selectiva de biorresiduo o residuo orgánico se inició el 1 de noviembre de 2017 en 17 zonas pioneras de la capital. Además, también comenzó en 50 grandes centros generadores de este residuo: hospitales, centros comerciales, etc.

Tras la buena acogida de este nuevo sistema de recogida selectiva, el 1 de octubre de 2018 se acometió la ampliación en 12 distritos completos de la ciudad (Arganzuela, Chamberí, Ciudad Lineal, Hortaleza, Latina, Moncloa-Aravaca, Puente de Vallecas, San Blas-Canillejas, Tetuán, Vicálvaro, Villa de Vallecas y Villaverde).

En otoño de 2019 se unieron progresivamente 8 distritos más (Barajas, Carabanchel, Chamartín, Fuencarral-El Pardo, Moratalaz, Retiro, Salamanca y Usera).

El 1 de septiembre 2020 se completó la ampliación a toda la ciudad, con la puesta en marcha de esta recogida selectiva del residuo orgánico en el distrito Centro.

En 2024, Madrid recogió 146,000 toneladas de fracción orgánica, lo que representa un aumento considerable en comparación con años anteriores.

La separación de los residuos orgánicos permite mejorar la eficiencia del tratamiento de los demás residuos. La correcta separación de los distintos residuos permite su reaprovechamiento o reciclaje, parcial o total, de forma más eficaz, lo que contribuye a disminuir la contaminación de los ecosistemas y la emisión de gases de efecto invernadero, causantes del cambio climático.

Además, al separar de este modo, la cantidad de residuos en el contenedor naranja es menor, lo que disminuye la carga del vertedero y aumenta la vida útil de esta instalación. Del mismo modo, el residuo que acaba en el vertedero es más estable (y más fácil de gestionar), y menos contaminante (al no tener carga orgánica y generar menos lixiviado o líquido procedente de la degradación de la parte orgánica).

Por otro lado, la Unión Europea establece objetivos claros para la reducción de residuos enviados a vertederos, con la meta de llegar a un máximo del 10% de los residuos municipales totales en vertederos para 2035. Además, la normativa europea y la legislación española obligan a los municipios a implementar sistemas de gestión de residuos más eficientes y a cubrir los costes de los mismos, pagando por cada tonelada que va a vertedero, lo que puede traducirse en un aumento de las tasas de residuos. Por tanto, reducir lo que va a vertedero, supone reducir el coste.

La ciudadanía puede solicitar la instalación de nuevos contenedores, así como el cambio de ubicación de un contenedor y la sustitución o retirada de los que estén deteriorados. No obstante, el Ayuntamiento es quien define el tipo de recipiente y la cantidad a instalar en cada zona de la ciudad.

El trámite puede solicitarse de varias maneras:

Si quieres instalar un contenedor para RCD en la vía pública, antes tienes que informar de ello al Ayuntamiento de Madrid realizando los siguientes trámites:

· Si quieres instalarlo en una plaza de aparcamiento, debes enviar un impreso de comunicación al menos 2 días hábiles antes de la fecha prevista.

· Si quieres instalarlo en una acera, zona peatonal o especial, debes enviar un impreso de solicitud al menos 15 días hábiles antes de la fecha prevista.

Tras la debida autorización (en su caso), se coloca el contenedor o saco de RCD. Posteriormente, una vez lleno el contenedor o saco de RCD, un gestor autorizado lo sustituye o retira y traslada los residuos a una planta de tratamiento o a un vertedero de materiales inertes. El tratamiento de los RCD permite obtener nuevos materiales de construcción.

Entre las 20 h y las 8 h los contenedores o sacos de RCD deben permanecer tapados.

Puedes realizar la solicitud de forma telemática o presencialmente, con cita previa, en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro (OAMR).

Puedes consultar más información en la web municipal .

 

La separación y depósito separado de los residuos domésticos y comerciales en los recipientes específicos suministrados por el Ayuntamiento es de carácter obligatorio, tal como recoge la ordenanza municipal de limpieza y residuos vigente..

Para facilitar la separación y el depósito de residuos en los contenedores correctos, el Ayuntamiento de Madrid pone a disposición de la ciudadanía una serie de servicios destinados a tal fin y adquiere unos compromisos de calidad en dichos servicios, agrupados en la Carta de Servicios de Recogida y Tratamiento de Residuos..que cuenta con un certificado de calidad que acredita que cumple los requisitos de la UNE 93200.

No cumplir con la normativa de la ordenanza municipal de limpieza y residuos vigente . puede conllevar sanciones de diferente cuantía, dependiendo de la gravedad de la infracción, así como de las reiteraciones:

Tipo de infracción

Importe de la sanción

Muy grave

De 1.501,00 a 3.000,00 euros

Grave

De 751,00 a 1.500,00 euros

Leve

Hasta 750,00 euros

 

Igualmente, incumplir con la legislación nacional o autonómica sobre residuos y suelos contaminados, sobre protección de los animales de compañía, o con lo dispuesto en la ley 3/2007 de la Comunidad Autónoma de Madrid sobre prohibición de grafitis y pintadas en la vía pública, se sancionarán conforme a lo previsto en la legislación sectorial de aplicación, sin perjuicio de la especificación de conductas que se realiza en la ordenanza municipal de limpieza y residuos en vigor.

El Ayuntamiento de Madrid realiza distintas tareas para asegurar la limpieza de las calles, todas ellas, organizadas en tres grandes grupos:

  1. Limpieza ordinaria o básica diaria: es decir, con una frecuencia establecida. Incluye el barrido manual, el vaciado de papeleras y el baldeo (lavado con agua) de las calles. La frecuencia de estas tareas depende del nivel de limpieza asignado a cada calle.
    Puede consultar estos niveles y servicios en Geoportal del Ayuntamiento de Madrid.
  2. Limpieza complementaria: son servicios de apoyo a la limpieza habitual que se hacen solo en ciertas zonas o momentos. En este grupo, encontramos:
    • Barrido mixto (combinación de máquinas y personal).
    • Recogida de muebles y objetos abandonados en la calle.
    • Limpieza alrededor de los contenedores.
    • Limpieza de actos, eventos, manifestaciones, mercadillos y fiestas.
    • Limpieza de manchas y olores.
    • Gestión de avisos ciudadanos sobre temas específicos de limpieza.
  3. Campañas especiales de refuerzo: se hacen en momentos concretos del año, según la necesidad:
  • Campañas de desbroce durante los meses de mayo a septiembre, en solares municipales, aceras y calzadas.
  • Campaña de recogida de hoja de noviembre a febrero.
  • Campaña de navidad del 1 de diciembre al 10 de enero.
  • Planes de actuación en caso de nieve, heladas u otras condiciones meteorológicas.

Otras actuaciones:

  • Reposición de bolsas de excrementos caninos en papeleras con dispensador.
  • Mantenimiento y conservación del parque de papeleras.
  • Eliminación de pintadas.
  • Actuaciones en caso de emergencias.
  • Limpieza de zonas verdes.

La frecuencia de limpieza varía según el nivel de servicio asignado a cada vía. Este nivel se determina en función de la densidad poblacional, actividad comercial, tránsito peatonal, eventos y características del entorno urbano.

Puede consultar estos niveles y servicios en Geoportal del Ayuntamiento de Madrid.

La frecuencia de limpieza de las zonas verdes en Madrid varía según el tipo de espacio, su uso y ubicación, pero generalmente se organizan así:

  • Zonas verdes más transitadas y parques grandes: se limpian y mantienen a diario o varias veces por semana, especialmente en áreas de mucho paso, para asegurar que estén siempre en buen estado.
  • Parques y jardines medianos y pequeños: suelen recibir mantenimiento y limpieza varias veces por semana, dependiendo de la época del año y la afluencia de visitantes.
  • Zonas verdes más naturales o menos frecuentadas: se limpian con menor frecuencia, pero se realizan campañas especiales de limpieza y mantenimiento durante ciertas épocas, como el desbroce en primavera-verano o la recogida de hojas en otoño-invierno.

Para más información, consulta en Geoportal del Ayuntamiento de Madrid, quién gestiona dicha zona verde para poder dirigirte de una manera más concreta.

Cualquier ciudadano puede comunicar al Ayuntamiento las averías y desperfectos de zonas verdes municipales y arbolado viario para que se proceda a su reparación.

Este trámite puede realizarse de varias maneras:
• En línea, a través de la web de Avisos Madrid .
• Por teléfono, llamando al 010 Línea Madrid (915 298 210 si se llama desde fuera de la ciudad de Madrid)

A través de las redes sociales, en las cuentas de X @Lineamadrid y Facebook de Línea Madrid.

Si necesitas más información sobre las zonas verdes, parques y arbolado de la ciudad, consulta los servicios de la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes del Ayuntamiento de Madrid.

Si necesitas más información visita la página de incidencias y peticiones .

El Ayuntamiento de Madrid facilita la recogida de todo animal que se encuentre en la vía pública. Para solicitar su retirada, debes avisar en linea o llamar al 010 (914 800 010 si llamas desde fuera del municipio de Madrid)

Si alguien ha perdido una mascota y quiere saber si ha sido encontrada muerta, puede escribir un correo a la dirección dptorecogidares@madrid.es

Puedes obtener más información en la web municipal .

El SELUR es un servicio especial de limpieza asociado a Emergencias y, por tanto, es activado solo por los dispositivos de emergencia propios del Ayuntamiento de Madrid, así como otros cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado o de emergencias, con los que el Ayuntamiento de Madrid tenga suscritos acuerdos de colaboración.

Cubre casos especiales como:
Emergencias: Limpieza tras incendios, atentados, sabotajes, derrumbes, accidentes o fenómenos meteorológicos extremos (como tormentas o fuertes vientos).
Retirada de residuos peligrosos abandonados en la vía pública.
Apoyo en situaciones especiales, como pandemias, desalojos o atención a personas sin hogar.
Limpieza tras manifestaciones, actos públicos o grandes eventos.
Eliminación de pintadas u otras intervenciones urgentes por motivos de higiene o seguridad.

En resumen, el SELUR actúa cuando hay que limpiar de forma urgente y extraordinaria para garantizar la seguridad, la salubridad y la buena imagen de la ciudad.

Sí, pero solo para pintadas y grafitis ubicados en la vía pública.

Desde 2022, el Ayuntamiento ofrece un servicio regular para eliminar pintadas y ayudar a mantener la ciudad limpia, pero solo en las zonas públicas que gestiona, es decir, en calles y zonas verdes de titularidad municipal.

Si las pintadas están en una zona de propiedad privada, el Ayuntamiento no actúa sobre las mismas, corresponde al dueño o al administrador de esa propiedad encargarse de su limpieza o reparación.

• En calles y zonas verdes integrantes de la trama de la ciudad.
• En superficies de piedra, ladrillo, hormigón u otros materiales similares.
• En superficies como metal, madera, plástico, metacrilato o cristal (por ejemplo, escaparates, verjas o mamparas), la limpieza se hace solo si lo aprueban los servicios técnicos y hay presupuesto disponible.
• La limpieza se hace cada 2 meses en toda la ciudad y cada mes en el Distrito Centro.
• No hace falta solicitar la limpieza ya que el servicio está programado, pero se puede dar una incidencia siempre y cuando la pintada se ubique en las zonas indicadas anteriormente.

• En parques históricos, singulares o forestales.
• En bienes del patrimonio histórico-artístico.
• En infraestructuras de movilidad como túneles, puentes, pasos subterráneos o pasarelas.
• En terrenos rústicos, no urbanizados o solares vacíos.

La eliminación de pintadas está incluida en el contrato del SELUR, por lo que este servicio lo pagamos entre todos los ciudadanos de Madrid.

Sin embargo, la persona que realiza un grafiti en la vía pública es responsable de asumir el coste de su eliminación, ya sea mediante el pago de una multa o realizando una prestación de limpieza en beneficio de la comunidad. Así, se busca que quien cause el daño también asuma la responsabilidad.

La recogida es gratuita, no los abandones en la calle. Dejar muebles en la vía pública está prohibido y puede conllevar sanciones.

Si tienes un mueble que ya no quieres, tienes varias opciones para deshacerte de él correctamente:

1. Servicio de recogida municipal: Puedes pedir la recogida gratuita de muebles y enseres voluminosos llamando al teléfono 010 o a través de la web oficial del Ayuntamiento de Madrid. Se recogerá en horario nocturno.
2. Puntos limpios: También puedes llevar el mueble a uno de los puntos limpios municipales, donde se recogen objetos grandes y residuos especiales.
3. Recogida programada: El Ayuntamiento recoge muebles de forma programada en cada distrito, consulta los días específicos en tu zona para dejar el mueble en el lugar y hora indicados. Se recogerá en horario nocturno.

• Los residuos derivados de la poda no deben depositarse en los contenedores ubicados en la vía pública.
• Si la cantidad de residuos es inferior a 240 litros, puede entregarse en un punto limpio.
• Si la cantidad de residuos es superior a 240 litros, deben entregarse a una instalación autorizada, previa autorización y pago de la tasa correspondiente.

Se puede solicitar sal para repartir a los vecinos siempre y cuando esté activado el PEIAM (Plan de Emergencia Invernales del Ayuntamiento de Madrid), y se podrá entregar un máximo de 20 kg de sal por día a cada vecino.

El aceite vegetal usado de cocina nunca debe echarse al contenedor marrón ni al WC. Cuando esté frío debe depositarse en un envase de plástico con tapa, y una vez lleno, llevarlo a un punto limpio o depositarlo en alguno de los contenedores específicos para aceite vegetal usado que hay distribuidos por el municipio (punto rojo).

ReMAD es una iniciativa del Ayuntamiento de Madrid para impulsar la economía circular mediante el intercambio de objetos entre ciudadanos, donde podrás dejar objetos que ya no utilices y obtener otros que te interesen.

A través del catálogo de la plataforma ReMAD, en la que tienes que darte de alta, se pueden conocer y reservar los productos disponibles, y añadir nuevos objetos.

Más información en www.remad.es

Se trata del punto de recogida de residuos de medicamentos que se encuentra en las farmacias.

Debemos revisar periódicamente nuestro botiquín y llevar a este punto los siguientes elementos:

• Medicamentos caducados
• Medicamentos que no necesites
• Cajas de medicamentos
• Envases vacíos
• Recuerda que también puedes llevarlo a los puntos limpios de la ciudad (www.madrid.es/puntoslimpios)

NUNCA se deben depositar:
• Agujas
• Termómetros
• Gasas
• Mascarillas o test de COVID-19
• Otros residuos peligrosos

• Es obligatorio que recojas los excrementos de tu mascota.
• Recuerda que deberás recogerlos en una bolsa.
• Luego deberás depositar la bolsa cerrada en una papelera o en los contenedores naranja destinados al resto de residuos no reciclables.
Es recomendable que diluyas los orines de tu perro. Con ayuda de una pequeña botella de agua con unas gotas de vinagre evitas la suciedad, las manchas y los malos olores.
• Estas normas están incluidas en la ordenanza municipal de limpieza de espacios públicos, gestión de residuos y economía circular (art. 15) y su incumplimiento conlleva la imposición de sanciones.

Requisitos de tenencia de animales

Además, recuerda los requisitos para la tenencia de animales enfocados a su protección, seguridad y la del entorno además de la ciudad, regulados por la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, de 26 de julio de 2001. A modo de resumen, hay que tener en cuenta que:

• En los espacios públicos o en los privados de uso común, los animales de compañía tendrán que circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente que permita su control.
• Los perros pueden permanecer sueltos en las áreas caninas acotadas para ellos repartidas en los 21 distritos de la ciudad.
• En los parques y jardines que carezcan de estas áreas podrán permanecer sueltos entre las 19:00 y las 10:00 horas en el horario oficial de invierno, y entre las 20:00 y las 10:00 horas en el horario oficial de verano.
No pueden acceder a zonas de recreo infantil, de mayores y otras áreas en las que figure expresamente la prohibición de su acceso.
• Se prohíbe el baño de animales en fuentes ornamentales, estanques o similares, así como que estos beban directamente de las fuentes de agua potable para consumo público no habilitadas (me parece haber visto fuentes nuevas con una zona abajo para perros)

El Ayuntamiento de Madrid se encarga de vaciar todas las papeleras ubicadas en vía pública y que sean de su competencia.

El servicio de limpieza viaria del Ayuntamiento de Madrid es el responsable de vaciar las papeleras CIBELES de color gris y las papeleras compactadoras solares.

El servicio de conservación de Zonas Verdes es el responsable de vaciar las papeleras CIBELES de color verde y aquellas ubicadas en parques históricos y forestales.

Solo residuos pequeños como envoltorios, papeles, latas o restos que se generan caminando por la calle. No está permitido tirar basura doméstica ni cartones, para ello, se debe utilizar los contenedores correspondientes.

En la ciudad de Madrid se encuentran instaladas más de 92.000 papeleras (sin incluir las existentes en los parques históricos y en los forestales de la ciudad), de las cuales más de 6.000 contienen expendedor de bolsas biodegradables para la recogida de excrementos caninos.

Puedes consultar sus ubicaciones en “Visualiza Madrid con Datos Abiertos”, “Localización de papeleras” y usando el filtro “papeleras con dispensador” dentro del apartado de «consulta».

Este trámite puede realizarse de varias maneras:

Este trámite puede realizarse de varias maneras:
• En línea, a través de la web de Avisos Madrid .
• Por teléfono, llamando al 010 Línea Madrid (914 800 010 si se llama desde fuera de la ciudad de Madrid)

A través de las redes sociales, en las cuentas de X @Lineamadrid y Facebook de Línea Madrid.